3/7/13

Galicia publica las bases reguladoras de las ayudas para los daños por ataques de lobo

La Consellería de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia publicó ayer en el Diario Oficial de Galicia la orden que contiene las bases reguladoras de las ayudas para paliar los daños por ataques de lobo en la región.

En la Orden, la Consellería asegura que la presencia del lobo en los montes gallegos "no sólo es un exponente de nuestra rica biodiversidad sino, además, un elemento destacado en el equilibrio biológico del medio en el que se desarrolla", al tiempo que reconoce que las necesidades alimenticias de estos cánidos "entran a veces en conflicto" con los intereses de los ganaderos, "que sufren la depredación que ocasionalmente realiza sobre el ganado". 
Con el objetivo de conciliar el interés por la pervivencia de la especie con el de los ganaderos, la Consellería de Medio Ambiente ha puesto en marcha una línea de ayudas, de carácter compensatorio, para reparar los daños ocasionados sobre el ganado vacuno, ovino, caprino, equino y porcino de Galicia, "siempre que los daños procedan de ataques que no puedan evitarse por el tipo de ganado o por el sistema de explotación y, por el contrario, no se atenderán cuando pueda demostrarse negligencia o intencionalidad de no proteger al ganado", se explicita en el texto de la Orden.


Estas ayudas se verán incrementadas en un 30% cuando los daños se registren en explotaciones de los municipios incluidos en la zona 1 del Plan de gestión del lobo en Galicia, "dada la mayor densidad y los ataques reiterados constatados en los últimos años de los lobos" en ellos.
Las ayudas comprenderán los daños que los lobos hayan ocasionado entre el 1 de octubre de 2012 y el 30 de septiembre de este año. El importe total destinado desde los presupuestos de 2013 para este medida es de111.616 euros, aunque se contempla que esta cantidad, una vez se agote pueda ampliarse para atender las solicitudes que se produzcan en el período anual dado.

Condiciones

Entre las condiciones que figuran en la orden (que tienen bajo estas líneas para su descarga) el ganado deberá pertenecer a una explotación incluida en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Galicia, y estará identificado y saneado de acuerdo con la normativa aplicable al efecto, salvo en el caso del ganado caballar, asnal y mular, que solamente deberá estar identificado individualmente.
En el caso del ganado porcino, además de pertenecer a la raza celta, tendrá que haber cumplido los requisitos sanitarios establecidos en el Real decreto 1186/2006, de 13 de octubre, y en el 360/2009, de 23 de marzo, y en el caso de reproductores estar identificados individualmente y estar inscritos en el Libro genealógico de la raza.